ENGAÑO O DESLEALTAD

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Como puede influir la publicidad que engaña o que es desleal con las demás competencias en el mercado? que pensara los clientes? bajaran o aumentaran las ventas del servicio o del producto?.
estas son algunas de las preguntas que todos nosotros como futuros empresarios deberíamos hacernos, a la hora de lanzarnos al mercado, no importa que seamos nuevos en el entorno o tengamos la experiencia de muchos años; nunca debemos olvidar que si somos honestos en lo que decimos y mostramos, así mismo nuestros futuros clientes nos recordaran y principalmente nos valoraran a la hora de escoger nuestro producto o servicio.

EJEMPLOS DE COMPETENCIA DESLEAL

19:48 Edit This 0 Comments »
En este video podemos observar un buen ejemplo de publicidad desleal que se ve a lo largo del tiempo entre pepsi y coca cola y eso qque esta es una de las pocas empresas que hacen este tipo de estrategia para vender pero mas adelante te las mostraremos


19:47 Edit This 0 Comments »
estos son dos videos que despues de tanta busqueda encontre la publicidad de de Burger king




19:47 Edit This 0 Comments »


otra compañia que maneja la publicidad desleal es burger king desacreditando las hamburgesas de mcDonalds lo podemos observar en esta imagen que ha recorrido ya todo el mundo desde que lo publicaron en internet, en esat se muestra el payaso de mcDonalds comprando en uno de los establecimientos de Burger king

19:47 Edit This 0 Comments »
amigos este es otro video que se muestra muy bien la publicidad o la competencia desleal que esta viviendo pepsi y coca cola cada ves mas fuerte y eso que esto es una pequeña muestra de toda la publiciadad que estas empresas han lanzado por todo el mundo desacreditandose uno al otro

Caso de publicidad engañosa

19:47 Edit This 0 Comments »


Exonerada familia de cobro millonario de servicio de teléfono

Una comercial de televisión y radio que invitaba a hacer amigos por teléfono con llamadas a costo local, resultó más caro de lo anunciado.
En el chat de Avantel al que entraban los menores les ofrecían premios, viajes al exterior y hasta trabajo de modelos. Pero ninguna de las promesas fue cumplida. Ante la decepción y la millonaria cuenta, un menor de una humilde familia decidió suicidarse, según su mam.

La Personería presentó recursos ante la Superintendencia de Industria y Comercio por publicidad engañosa y logró reducir la millonaria deuda. Entre tanto, pidió a la Comisión Nacional de Televisión y a la Fiscalía investigar el hecho.
Gracias a la intervención de la Personería Distrital, la Superintendencia de Industria y Comercio exoneró a Paulina Cuellar Salamanca y su arrendataria María Cleofe Jamioy de pagar 1.6 millones de pesos del servicio de Avantel, cargado a su línea telefónica.

Las llamadas eran a un sistema denominado Bla, Bla, Chat. El servicio era promocionado en las emisoras de radio y en un horario infantil de un canal privado de televisión, como una forma de hacer amigos a través de la línea telefónica, a un costo de llamada local, en otras palabras, de 70 a 80 pesos por minuto. Sin embargo, en realidad el valor era de 850 pesos más IVA.

El comercial emitido, entre diciembre de 2006 y enero de 2007 decía: Bla Bla Chat es la nueva forma de hacer amigos por teléfono. Marca... Bla Bla Chat te comunica hasta con 4 al mismo tiempo... usted paga llamada normal y sólo aplica para teléfonos fijos".

Al parecer, joven seducido por la publicidad y su bajo costo, realizó las llamadas a través de la línea de su casa con la ilusión de un viaje al exterior y un trabajo como modelo que le prometía el chat.

El menor de 15 años, realizó 194 llamadas en 36 días con un total de 2.769 minutos, lo que le generó una factura de 1.6 millones de pesos. Las llamadas no fueron facturadas como locales sino como Avantel. Ante el problema, reclamaron a Avantel, pero la firma le reiteró que tenía que pagar la millonaria deuda.

Entonces, acudió a la Personería. Los abogados del ente de control le redactaron un recurso ante la Superintendencia de Industria y Comercio que estableció que el comercial era publicidad engañosa y por lo tanto, ordenó cobrarle las llamadas como local, reduciendo la deuda a 100.000 pesos.

Además, pidió a la Fiscalía investigar el hecho y a la Comisión Nacional de Televisión regular y vigilar los comerciales que se le presentan en horario infantil.

(http://www.personeriabogota.gov.co/?idcategoria=2182)

19:46 Edit This 0 Comments »

Estos paginas son de mucha ayuda para que sepan algo de competencia desleal y las normas que en muchos paise prohiben este tipo de ataques entre empresas, espero que sea de su interes


http://www.dinero.com/wf_InfoArticulo.aspx?IdArt=39857

http://www.cavelier.com/eContent/NewsDetail.asp?ID=916&IDCompany=3

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Otro buen ejemplo de publicidad engañosa se ve diariamente, en las ventas de los productos que supuestamente adelgazan o que prometen a las mujeres que le aumentaran el busto o les parara la cola sin necesidad de ejercicios y en el caso de los hombres que les crecerá el cabello donde ya no hay muchachos y me incluyo yo eso es mentira si no hacen ejercicio o hacen lo que sea sano para que no suceda lo que no queremos, unas cremitas o pomadas no hacen milagros no crean en ese tipo de publicidad que hacen todo lo posible para vender como lo ven ustedes que colocan a las mujeres mas lindas o buenas como dicen los hombres para que caigan y compren Ocasionando el final una Desilusión la mas tenaz y un dolor del bolsillo que ni se imaginan.


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Helados D’onofrio en decadencia de calidad


La empresa D’onofrio había difundido la promoción “todo a un sol” en sus carretillas, válida para hoy y mañana, pero muchos consumidores se sintieron estafados al comprobar que esto no era cierto, pues los heladeros se negaban a vender los productos a ese precio y además había pocos heladeros.


En algunos casos los heladeros condicionaban la venta a un sol a la compra de otros helados.

Ante la burla, el Aspec remitió una denuncia al el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), el cual informó que verificará hasta mañana el cumplimiento de la promoción, dentro del monitoreo de la publicidad comercial que realiza la institución a través de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal.

Por su parte, la empresa alegó que la expectativa generada por la oferta fue de tal magnitud que agotaron los productos más requeridos, lo cual no parece creíble, pero recomendaron anotar el número de registro de los heladeros que no cumplan con respetar la oferta.

El INDECOPI verificará hasta mañana el cumplimiento de la promoción de helados D’Onofrio que indica, según su página web, que “Este viernes 27 y sábado 28 podrás comprar en triciclos cualquier helado a sólo S/. 1”.

Si se comprueba que Helados D’Onofrio incumple lo ofrecido en su publicidad, el INDECOPI iniciaría una investigación por presunta competencia desleal en la modalidad de engaño (publicidad engañosa). De ser el caso, podría sancionar a la empresa propietaria de esta marca hasta con 700 Unidades Impositivas Tributarias, equivalentes a 2’485,000 nuevos soles.

Helados en decadencia


Cada año que pasa los helados D’onofrio decaen en calidad, en especial desde que la empresa fue adquirida por la transnacional Nestlé: se vuelven más pequeños y tienen sabores dudosos.

Con Nuestro Perú comprobó, por ejemplo, que los helados de chocolate, bañados en chocolate, al parecer sólo tienen una cantidad aceptable de cacao en la cubierta. Al interior el gusto es de otra sustancia, parece que simulan el color del chocolate con colorantes, pero no hay sabor a cacao, chocolate o cocoa.

Cabe señalar que no hay indicación que el consumidor desearía conocer para cuidad su salud, por ejemplo:

  • ¿Usan leche transgénica, de soya?
  • ¿Qué tipo de grasas están empleando, grasas animales?
  • ¿Qué porcentaje de cacao están utilizando o emplean colorantes en su lugar?
  • ¿Emplean la dañina fructosa en lugar de azúcar?
  • Si emplean azúcar, ¿es transgénica?
  • Si emplean harinas para sus galletas, ¿es transgénica?

El consumidor que respeta su salud desearía saber si un producto contiene o no contiene estas sustancias o ingredientes.


(http://connuestroperu.com/index.php?option=com_content&task=view&id=5567&Itemid=37)

19:45 Edit This 0 Comments »
en este link podemos observa las consecuencias de mostrar publicidad engañosa el caso sucedio en peru la empresa implicada son los helados donofirio da click , observa y da tu opinion


17:46 Edit This 0 Comments »
esta entrevista nos explican a todos sobre la publicidad engañosa y como las empresas hacen para no decirle la verdad a sus clientes ( estamos en un mundo que las empresas juegan con nosotros los consumidores)

DONDE PODEMOS VER PUBLICIDAD ENGAÑOSA

17:28 Edit This 0 Comments »
Podemos decir que la publicidad es el arte de convencer a gente para que gaste el dinero que no tiene en cosas que no necesita.

cuando hablamos de publicidad engañosa a que no referimos?

La publicidad es una profesion , no una ciencia , hecha por gente que se pìensa que es más inteligente pero esta es unas de las publicidades que estamos sometidas cada dia engaño a la hora de vender productos y hasta los servicios vealo y opine..



17:01 Posted In , , , Edit This 0 Comments »
Es muy común ver en el mundo que las empresas realicen publicidad engañosa o desleal en este caso veremos varios ejemplos de la típica publicidad engañosa, que como empleados estamos sometidos en todo el mundo, en este podremos observar empresas ya con alto reconocimiento en el mercado que uno pensaría que no serian capaces, de llegar a tal punto por vender, atentando con la dignidad de sus clientes.

Una de las tantas formas que mostraremos en este blogger es la que observamos en esta imagen, en la primera foto se observa una super piscina con capacidad para que varios niños se puedan divertir en ella, pero a la hora que el cliente adquiere el producto se lleva la gran sorpresa y estos casos son muy común en el mercado ya que realmente la piscina si mucho cabe un niño este es uno de los tipos de engaños que estamos sometidos en nuestro diario día día.

QUE ES PUBLICIDAD ENGAÑOSA Y DESLEAL

9:33 Posted In , , , , Edit This 0 Comments »
Un concepto que podemos encontrar en cualquier diccionario, pagina web o cualquier medio que deseen se verá el mismo:
• la publicidad desleal, abusa constantemente de sus públicos ofreciendo productos mágicos y por supuesto convirtiendo el deseo en necesidad. Este tipo de prácticas están prohibidas, son actividades que el derecho censura, ya que el derecho ampara al consumidor.
Los problemas comienzan cuando la publicidad se torna engañosa, esto sucede claramente cuando los productos puestos a la venta no mencionan sus verdaderas cualidades, ni su calidad real. Esto da como resultado la desconfianza de los consumidores.
• Publicidad desleal es, en sentido general, aquélla que resulta contraria a las exigencias de la buena fe y a las normas y buenos usos mercantiles.
En principio y conforme al concepto dado, podríamos entender que la prohibición de la publicidad desleal no mantiene ninguna vinculación con la protección de los consumidores. Sin embargo, esta afirmación es incorrecta, “un medio fundamental para proteger a los consumidores es precisamente el funcionamiento correcto de la competencia del mercado”. La competencia desleal perjudica directamente a los consumidores de una manera concreta al generar confusión entre los productos y servicios de diversos empresarios, afectando a la libre decisión del consumidor que puede verse afectada por engaño, y de una manera genérica por distorsionar e impedir el correcto funcionamiento del sistema . En este sentido el artículo 10 del Estatuto de Publicidad de 1963 reconocía que “la publicidad, como servicio dirigido a los consumidores, constituye un instrumento ordenado para orientar la libertad de elección y favorecer la lícita concurrencia en mercado. Igualmente la Ley general de publicidad proyecta su regulación al ámbito de la competencia desleal declarando ilícita la publicidad desleal.
En el ordenamiento jurídico español la regulación de la publicidad desleal esta materializada en dos textos normativos: la Ley general de publicidad y la Ley de competencia desleal. El contenido de ambas leyes respecto a qué debe entenderse por publicidad desleal mantenía ciertas diferencias que fueron salvadas por la doctrina mediante la aplicación del principio “ley posterior deroga a ley anterior”, por el cual la regulación de la Ley general de publicidad se interpretaba y completaba con la Ley de competencia desleal. Sin embargo, la aprobación de la Ley 39/2002, por la que se modifica a la Ley general de publicidad, permite dudar de la condición de ley posterior a la Ley de competencia desleal y en consecuencia de su primacía sobre la Ley general de publicidad.
Bajo el concepto de publicidad desleal podemos diferenciar tres tipos

1. publicidad denigrante
2. publicidad comparativa
3. publicidad confusionista o de la reputación ajena